(Asunto C-64/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 17 de marzo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Ard-Chúirt — Irlanda) — UH / An tAire Talmhaíochta, Bia agus Mara, Éire, An tArd-Aighne
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-64/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 17 de marzo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Ard-Chúirt — Irlanda) — UH / An tAire Talmhaíochta, Bia agus Mara, Éire, An tArd-Aighne

Fecha: 17-Mar-2021

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 17 de marzo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Ard-Chúirt — Irlanda) — UH / An tAire Talmhaíochta, Bia agus Mara, Éire, An tArd-Aighne

(Asunto C-64/20)1

(Procedimiento prejudicial— Artículo 288TFUE— Directiva 2001/82/CE— Código comunitario sobre medicamentos veterinarios— Artículos 58, 59y61— Información que debe figurar en el embalaje exterior, el acondicionamiento primario y el prospecto de los medicamentos veterinarios— Obligación de redactar la información en todas las lenguas oficiales del Estado miembro de comercialización— Legislación nacional que dispone que la información solo ha de redactarse en una de las lenguas oficiales del Estado miembro— Órgano jurisdiccional nacional que conoce de un recurso por el que se solicita que se declare que la Directiva 2001/82 no ha sido correctamente transpuesta por el Estado miembro y que las autoridades competentes deben modificar la legislación nacional)

Lengua de procedimiento: irlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Ard-Chúirt

Partes en el procedimiento principal

Demandante:UH

Demandadas: An tAire Talmhaíochta, Bia agus Mara, Éire, An tArd-Aighne

Fallo

El artículo 288TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un órgano jurisdiccional nacional que, en el marco de un procedimiento previsto a tal fin por el Derecho interno, comprueba que el Estado miembro al que pertenece no ha cumplido con la obligación de transponer correctamente la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos veterinarios, en su versión modificada por la Directiva 2004/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, se niegue a declarar que el referido Estado miembro no ha transpuesto correctamente dicha Directiva y que ha de poner remedio a tal situación, debido a que considera que la legislación nacional es conforme con el Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre medicamentos veterinarios y por el que se deroga la Directiva 2001/82, que deroga la referida Directiva y que será aplicable a partir del 28 de enero de2022.

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1 DO C162 de 11.5.2020.
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