(Asunto C-812/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de marzo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Högsta förvaltningsdomstolen — Suecia) — Danske Bank A/S, Danmark, Sverige Filial / Skatteverket
Fecha: 11-Mar-2021
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de marzo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Högsta förvaltningsdomstolen — Suecia) — Danske Bank A/S, Danmark, Sverige Filial / Skatteverket
(Asunto C-812/19)1
[Procedimiento prejudicial— Fiscalidad— Impuesto sobre el valor añadido (IVA)— Directiva 2006/112/CE— Artículo9— Sujeto pasivo— Concepto— Artículo11— Grupo a efectos delIVA— Establecimiento principal y sucursal de una sociedad situados en dos Estados miembros diferentes— Establecimiento principal incluido en un grupo a efectos del IVA del que no forma parte la sucursal— Establecimiento principal que presta servicios a la sucursal y le imputa el coste de dichos servicios]
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Högsta förvaltningsdomstolen
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Danske BankA/S, Danmark, Sverige Filial
Demandada: Skatteverket
Fallo
Los artículos 9, apartado 1, y 11 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que, a efectos del impuesto sobre el valor añadido (IVA), el establecimiento principal de una sociedad, situado en un Estado miembro y que forma parte de un grupo a efectos del IVA constituido sobre la base de dicho artículo 11, y la sucursal de esa sociedad, establecida en otro Estado miembro, deben considerarse sujetos pasivos distintos cuando ese establecimiento principal presta a dicha sucursal servicios cuyos costes le imputa.