(Asunto T-252/19 Sentencia del Tribunal General de 21 de abril de 2021 — Pech/Consejo
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-252/19 Sentencia del Tribunal General de 21 de abril de 2021 — Pech/Consejo

Fecha: 21-Abr-2021

Sentencia del Tribunal General de 21 de abril de 2021 — Pech/Consejo

(Asunto T-252/19)1

[«Acceso a los documentos— Reglamento (CE) n.º1049/2001— Artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento n.º1049/2001— Protección del asesoramiento jurídico— Artículo 4, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento n.º1049/2001— Protección del proceso de toma de decisiones— Denegación de conceder el acceso completo a un asesoramiento jurídico del servicio jurídico del Consejo»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Laurent Pech (Londres, Reino Unido) (representantes: O.Brouwer y T.McGrath, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: K.Pavlaki y E.Rebasti, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de Suecia (representantes: O.Simonsson, C.Meyer-Seitz, A.Runeskjöld, J.Lundberg, M.Salborn Hodgson, H.Shev, H.Eklinder y R.Shahsavan Eriksson, agentes)

Objeto

Demanda basada en el artículo 263TFUE mediante la que se solicita la anulación de la Decisión del Consejo de 12 de febrero de 2019 por la que se denegó el acceso completo al dictamen de la asesoría jurídica recogido en el documento ST 13593 2018 INIT, relativo a la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de mayo de 2018 relativo a la protección del presupuesto de la Unión Europea en caso de quiebra generalizada del Estado de Derecho en un Estado miembro [COM(2018)324 final].

Fallo

Anular la Decisión del Consejo de la Unión Europea de 12 de febrero de 2019 por la que se denegó el acceso completo al documento ST 13593 2018 INIT, que contenía la propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección del presupuesto de la Unión en caso de quiebra generalizada del Estado de Derecho en un Estado miembro [COM(2018)324 final].

El Consejo cargará con sus propias costas y con las del Sr.LaurentPech.

El Reino de Suecia cargará con sus propias costas.

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1 DO C213 de 24.6.2019.
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