(Asunto C-192/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove — Eslovaquia) — Prima banka Slovensko a.s./HD
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-192/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove — Eslovaquia) — Prima banka Slovensko a.s./HD

Fecha: 10-Jun-2021

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove — Eslovaquia) — Prima banka Slovensko a.s./HD

(Asunto C-192/20)1

(Procedimiento prejudicial— Protección de los consumidores— Directiva 93/13/CEE— Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores— Ámbito de aplicación— Artículo 1, apartado2— Disposiciones legales nacionales imperativas— Vencimiento anticipado del contrato de préstamo— Acumulación de intereses del préstamo e intereses de demora)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd v Prešove

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Prima banka Slovenskoa.s.

Demandada:HD

Fallo

Sin perjuicio de las comprobaciones que incumbe efectuar al órgano jurisdiccional remitente, la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que no es aplicable a disposiciones nacionales en virtud de las cuales el consumidor que ha celebrado un contrato de préstamo con un profesional no puede estar obligado, con arreglo a las estipulaciones de dicho contrato, en caso de vencimiento anticipado del préstamo, a pagar al profesional los intereses remuneratorios correspondientes al período comprendido entre la declaración de ese vencimiento y el reembolso efectivo del capital prestado, cuando el abono de los intereses de demora y de las otras penalizaciones debidas de conformidad con dicho contrato permite indemnizar el daño real sufrido por el profesional.

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1 DO C329 de 5.10.2020.
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