(Asunto C-762/19 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rīgas apgabaltiesas Civillietu tiesas kolēģija — Letonia) — «CV-Online Latvia» SIA / «Melons»SIA
Fecha: 03-Jun-2021
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rīgas apgabaltiesas Civillietu tiesas kolēģija — Letonia) — «CV-Online Latvia» SIA / «Melons»SIA
(Asunto C-762/19)1
(Procedimiento prejudicial— Protección jurídica de las bases de datos— Directiva 96/9/CE— Artículo7— Derecho sui generis de los fabricantes de bases de datos— Prohibición para cualquier tercero de «extraer» o «reutilizar», sin autorización del fabricante, la totalidad o una parte sustancial del contenido de la base de datos— Base de datos accesible libremente en Internet— Metamotor de búsqueda especializado en la búsqueda de anuncios de empleo— Extracción o reutilización del contenido de una base de datos— Perjuicio para la inversión sustancial en la obtención, verificación o presentación del contenido de una base de datos)
Lengua de procedimiento: letón
Órgano jurisdiccional remitente
Rīgas apgabaltiesas Civillietu tiesas kolēģija
Partes en el procedimiento principal
Demandante: «CV-Online Latvia»SIA
Demandada: «Melons»SIA
Fallo
El artículo 7, apartados 1 y 2, de la Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos, debe interpretarse en el sentido de que un motor de búsqueda en Internet especializado en la búsqueda del contenido de las bases de datos, que copia o indexa la totalidad o una parte sustancial de una base de datos accesible libremente en Internet y a continuación permite a sus usuarios efectuar búsquedas en esa base de datos en su propio sitio de Internet según criterios pertinentes desde el punto de vista de su contenido, realiza una «extracción» y una «reutilización» de dicho contenido, en el sentido de esta disposición, que el fabricante de dicha base de datos puede prohibir en la medida en que tales actos ocasionen un perjuicio a su inversión en la obtención, verificación o presentación de dicho contenido, es decir, siempre que constituyan un riesgo para las posibilidades de amortización de esa inversión mediante la explotación normal de la base de datos en cuestión, extremo este que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.