(Asunto T-177/19 Sentencia del Tribunal General de 9 de junio de 2021 — Exxonmobil Petroleum & Chemical/ECHA
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto T-177/19 Sentencia del Tribunal General de 9 de junio de 2021 — Exxonmobil Petroleum & Chemical/ECHA

Fecha: 09-Jun-2021

Sentencia del Tribunal General de 9 de junio de 2021 — Exxonmobil Petroleum & Chemical/ECHA

(Asunto T-177/19)1

[«REACH— Elaboración de una lista de sustancias que podrían ser incluidas en el anexoXIV del Reglamento (CE) n.º1907/2006— Inclusión del fenantreno en esa lista— Artículos 57 y 59 del Reglamento n.º1907/2006— Error manifiesto de apreciación— Ponderación de las pruebas — Proporcionalidad— Obligación de motivación— Derecho a ser oído»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Exxonmobil Petroleum & Chemical BVBA (Amberes, Bélgica) (representantes: A.Kołtunowska y A.Bartl, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: W.Broere, C.Buchanan y M.Heikkilä, agentes, asistidos por S.Raes, abogado)

Coadyuvante en apoyo de la demandante: European Petroleum Refiners Association (Bruselas, Bélgica) (representantes: J.-P.Montfort y T.Delille, abogados)

Coadyuvante en apoyo de la demandada: República Francesa (representantes: A.-L.Desjonquères, E.Leclerc, T.Stehelin y W.Zemamta, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión ED/88/2018 de la ECHA, de 19 de diciembre de 2018, en la medida en que incluye el fenantreno en la lista de sustancias altamente preocupantes establecida de conformidad con el artículo 59 del Reglamento (CE) n.º1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.º793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.º1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO 2006, L396, p.1; corrección de errores en DO 2009, L36, p.84, DO 2008, L141, p.22 y DO 2007, L136, p.3).

Fallo

Desestimar el recurso.

Exxonmobil Petroleum & Chemical BVBA cargará con sus propias costas y con las de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).

La República Francesa y European Petroleum Refiners Association cargarán, cada una de ellas, con sus propias costas.

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1 DO C187 de 3.6.2019.
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