(Asunto C-296/20 Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 30 de septiembre de 2021
Fecha: 30-Sep-2021
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 30 de septiembre de 2021
(Asunto C-296/20)1
[Procedimiento prejudicial— Cooperación judicial en materia civil— Competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales— Materia civil y mercantil— Convenio de LuganoII— Artículo 15, apartado 1, letrac)— Competencia en materia de contratos celebrados por los consumidores— Traslado del domicilio del consumidor a otro Estado vinculado por el Convenio]
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesgerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: CommerzbankAG
Demandada:E.O.
Fallo
El artículo 15, apartado 1, letrac), del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado el 30 de octubre de 2007, cuya celebración fue aprobada en nombre de la Comunidad Europea mediante la Decisión 2009/430/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2008, debe interpretarse en el sentido de que esta disposición determina la competencia en el supuesto de que el profesional y el consumidor, partes en un contrato de consumo, estuvieran domiciliados, en la fecha de la celebración de ese contrato, en el mismo Estado vinculado por dicho Convenio y de que un elemento de extranjería de la relación jurídica no surgiera hasta después de la referida celebración, debido al traslado ulterior del domicilio del consumidor a otro Estado vinculado por el mencionado Convenio.
1 DO C348 de 19.10.2020.