AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2025-CA
Fecha: 19-May-2025
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, resuelve tener: POR NO PRESENTADO el conflicto de competencias jurisdiccionales interpuesto por Wilson Reynoso Ortega, Cacique del Ayllu Jatun T’ulla, Distrito I; Daniel Condori, Agente Municipal, Ayllu Jatun T’ulla, comunidad de Cotagaitilla; Adío Vidaurre Romero, Segunda Ayllu Jatun T’ulla; Vicente Condori, Comisionado
CORRESPONDE AL AC 0292/2025-CA (viene de la pág. 5)
sección San Rafael; Hugo Mamani Suyo, Comisionado de Abra Pampa; y, el Curaca del Ayllu Jatun T’ulla, todos del municipio de Cotagaita, provincia Nor Chichas del
departamento de Potosí; y, el Juez Público Civil y Comercial, de Partido de Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal Primero de Cotagaita del nombrado departamento.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
COMISIÓN DE ADMISIÓN
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO PRESIDENTE
MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA
Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE ADMISIÓN
- II. La demanda también podrá ser planteada por cualquier Autoridad de la Jurisdicción Ordinaria o Agroambiental cuando estime que una Autoridad Indígena Originaria Campesina, del lugar donde tiene jurisdicción en razón de territorio, está ejerciend
- POR TANTO