SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1211/2022-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1211/2022-S1

Fecha: 12-Oct-2022

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 9 de septiembre de 2021, cursante de fs. 38 a 39 vta., el accionante a través de sus representantes sin mandato, expreso los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público en su contra y otros coimputados, por la presunta comisión del delito de hurto de minerales y otros, se llevó acabo la audiencia de 21 de agosto de 2021, donde la autoridad jurisdiccional del Municipio de Huanuni del departamento de Oruro le impuso la medida cautelar de detención preventiva. Por tal razón, en la misma audiencia, interpone recurso de apelación conforme lo dispuesto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

Aquel medio de impugnación fue remitido el 3 de septiembre de 2021 a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; por lo que, José Miguel Vásquez Castelo, Presidente de referida Sala -autoridad ahora demandada-, dicta la providencia de 6 de mismo mes y año, disponiendo lo siguiente: “…se señala AUDIENCIA VIRTUAL de resolución del recurso, actuado judicial a verificarse el día jueves 16 de septiembre de 2021 a horas 9:00 a.m. mediante plataforma virtual Cisco Webex…” (sic). Resolución Judicial que señaló audiencia de apelación de medidas cautelares de carácter personal más allá del plazo dispuesto por el art. 251 del CPP.     

I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado

El peticionante de tutela, considera lesionado su derecho a la libertad, citando al efecto el art. 23.I de la Constitución Política del Estado (CPE).  

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela impetrada; y, en consecuencia: a) Se revoque la providencia de 6 de septiembre de 2021, disponiéndose que en el día se señale audiencia de apelación de medidas cautelares de carácter personal; y, b) Se restablezcan las formalidades legales.    

I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías

Celebrada la audiencia pública el 10 de septiembre de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 50 a 52, se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción