SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2022-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1055/2022-S4

Fecha: 19-Ago-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establecen las siguientes conclusiones:

II.1.    Cursa Folio Real con matrícula computarizada 2.01.0.99.0052460 de 6 de junio de 2019, de un lote de terreno ubicado en calle urbanización Ventilla No. B-5, de propiedad del solicitante de tutela, adquirido de su anterior propietaria Elizabeth Francisca Alcón Poma, mediante Escritura Pública 443 de 20 de diciembre de 2018 (fs. 134 y vta.).

II.2.    Por informe de 11 de enero de 2021, dirigido a Ronald Yujra Flores, Jefe de División y ante el Fiscal de Materia, José Mollericona Arismendi, Investigador Asignado al caso de avasallamiento denunciado por el accionante en contra de Enrique Eduardo Ascarruz Dietrich –tercero interesado–; manifestó que, se dio cita al inmueble ubicado en la calle 27 No. B-5 de la zona Vellavista, urbanización Ventilla, percatándose que alrededor de veinte personas armadas de palos y piedras no permitieron el paso al inmueble del ahora accionante, quien se encontraba junto a su abogado, una arquitecta y albañiles, para poder realizar el levantamiento topográfico para el inicio de trámite ante Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y para levantar un muro; así mismo manifestó que la persona identificada como Mario Calderón, Secretario de la Junta de vecinos, procedió en forma arbitraria a cerrar la puerta de ingreso con un candado, durando el incidente aproximadamente una hora (fs. 29 y vta.); adjuntando placas fotográficas (fs. 31 a 44).

II.3.    Cursa Acta de Verificación 5/2021 de 4 de febrero, realizada por Notario de Fe Pública 79, sobre el estado del lote de Terreno ubicado en calle 27 de la zona de obrajes de La Paz, verificándose que la puerta de ingreso presenta doble candado y detrás del portón se observó unas calaminas y un pasacalles con la inscripción “EN RESGUARDO DE LAS AREAS DE EQUIPAMIENTO ‘LA VENTILLA’” (sic) y una bandera tricolor, adjuntando dos placas fotográficas (fs. 24 a 26).