SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1306/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1306/2022-S3

Fecha: 28-Sep-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  A través del Memorándum SDAF/93 A-D/2021 de 4 de enero, Mesías Mesac Zabala Palma, entonces Secretario Departamental de Administración y Finanzas a.i. del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, designó a Jader Guzmán Correia -hoy accionante-, en el cargo de Auxiliar I    Mecánico-Automotriz, bajo dependencia de la Unidad de Mantenimiento y Reparación de la indicada Secretaría, con el nivel salarial 16 de la planilla de Inversión, hasta el 31 de diciembre de 2021 (fs. 4).

II.2.  Por certificado de nacimiento 2410529, se evidencia que el 8 de febrero de 2021, nació el menor de edad AA, hijo del accionante y Carolina Pessoa Aponte (fs. 3).

II.3.  Cursa Formulario de Calificación de Beneficios para el Régimen de Asignaciones Familiares de 8 de marzo de 2021, emitido por la Caja de Salud CORDES, en el cual se dispuso, entre otros aspectos, el pago en especie de doce asignaciones familiares -subsidios de lactancia-, en favor del asegurado -hoy impetrante de tutela - desde el 7 de ese mes y año hasta el 8 de febrero de 2022 (fs. 7).

II.4.  Mediante Nota R.D.E. 006051/21 de 19 de noviembre de 2021, dirigida a Geisel Marcelo Oliva Ruiz, Secretario Departamental de Administración y Finanzas a.i. del Gobierno Autónomo Departamental de Beni -hoy coaccionado-, el peticionante de tutela solicitó el pago del subsidio de lactancia correspondiente a mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, todos de igual año; pedido que fue reiterado por Nota R.D.E. 006205/21 de 26 de noviembre del mismo año (fs. 5 y 6).