SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2022-S1
Fecha: 20-Sep-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursa en obrados, se establece las siguientes conclusiones:
II.1. Consta Memorándum de Agradecimiento de Funciones DTH/B/0274/2021 de 14 de mayo, emitido por Iván Peña Aguilar, Director de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, dirigido a Néstor Espejo Choque -ahora impetrante de tutela-, que dispuso la desvinculación laboral del mismo al cargo que desempeñó como Profesional “C”, de la Unidad de Prevención de Conflictos (fs. 11).
II.2. Mediante Conminatoria MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A./CONMIN/041/2021 de 19 de julio, emitida por Mirta Victoria Huanca Méndez, Jefa Regional del Trabajo de El Alto, se conminó al citado Municipio, representada por Mónica Eva Copa Murga; Alcaldesa, la reincorporación de Néstor Espejo Choque -prenombrado- a su cargo como Profesional “C” de la Unidad de Prevención de Conflictos con el mismo nivel salarial, debiendo pagar sueldos devengados hasta el día de su reincorporación, dentro del plazo de tres días hábiles a partir de su legal notificación con la presente resolución (fs. 4 a 7).
II.3. Cursa Memorial presentado el 19 de agosto de 2021, por Abel Juan Tornero Jiménez, Asesor Legal del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; a través del cual, interpuso recurso de revocatoria contra la Conminatoria MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./J.R.T.E.A./CONMIN/041/2021 (fs. 152 a 157).
II.4. A través de la RA JRTEA/VMML 036/2021 de 16 de septiembre, emitida por Vivian Mayta Limachi, Jefa Regional del Trabajo de El Alto, se dispuso la revocatoria de la Conminatoria MTEPS-VMTEPS-J.D.T.L.P./CONMIN/041/2021 (fs. 158 a 160).