SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2023-S1
Fecha: 13-Mar-2023
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa informe de inicio de investigación de 2 de octubre de 2020, suscrito por el Fiscal de Materia Agustín Coronado Mamani -ahora demandado-, dirigida al “JUEZ DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL CAUTELAR DE TURNO DE LA CIUDAD DE EL ALTO” (sic); en el cual, figura como denunciante Virginia Gárate Berrios y como denunciado Álvaro Veizaga Arispe -ahora impetrante de tutela- (fs. 4).
II.2. Por impresión del estado del caso con código 201502022003812, realizada el 2 de octubre de 2020 a las 13:54; se tiene que, el proceso penal en contra del accionante se encuentra bajo el control jurisdiccional del Juzgado de Instrucción Penal Sexto de El Alto del departamento de La Paz (fs. 3 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “1. Cuando la acción de libertad esté fundada directamente en la vulneración al derecho a la libertad personal por causa de haberse restringido la misma al margen de los casos y formas establecidas por ley, y no esté vinculada a un delito y por tanto