SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0277/2023-S4
Fecha: 08-May-2023
II. CONCLUSIONES
Del análisis del expediente y de las pruebas aportadas, se concluye lo siguiente:
II.1. Por Auto Interlocutorio de Consideración de Medidas Cautelares, Resolución 96/2021 de 2 de septiembre de 2021, se dispone la imposición de medida cautelar de detención preventiva por el lapso de tres meses; y, consideración de situación jurídica para el 2 de diciembre del mismo año a horas 10:30; fecha en la cual, la autoridad judicial –ahora demandada– decidió ampliar su detención preventiva. (fs. 7 a 14).
II.2. Consta Resolución 355/2021 de 2 de diciembre; por la cual, se dispone ampliar la detención preventiva del ahora accionante por el lapso de un mes; decisión que fue recurrida en apelación incidental, de conformidad al art. 251 del CPP; misma que, fue admitida, ordenándose su remisión ante el Tribunal de alzada. (Fs. 16 a 17 vta.).
II.3. Cursa Acta 265/2021 de 6 de diciembre de 2021; por la que, se procede a realizar la verificación notarial del Estado del Proceso, determinando la ausencia de remisión del cuaderno de control jurisdiccional en alzada; conforme se dispuso, a través de la Resolución 355/2021 (fs. 15 y vta.).