SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0749/2023-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0749/2023-S1

Fecha: 07-Jul-2023

I.   ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 8 de abril de 2022, cursante de fs. 2 a 3 vta., el accionante a través de sus representantes sin mandato, manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes; se encuentra cumpliendo la medida cautelar de detención preventiva.

En la audiencia de 24 de marzo de 2022 el Juez demandado rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva, por lo que en la misma audiencia presentó apelación incidental, que no ha sido remitida en alzada a pesar de que ya transcurrió más de tres días hasta la presentación de la acción de libertad y no se puede argumentar la falta de provisión de fotocopias para la remisión.

I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

Considera que fue lesionado sus derechos a la libertad y al debido proceso en el componente -principio de celeridad-; citando al efecto los arts. 115.II, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela; y, en consecuencia, se disponga que las autoridades demandadas remitan los antecedentes de la apelación a la Sala Penal de turno.

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

La audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad se realizó el 8 de abril de 2022, según consta en acta de fs. 7, produciéndose los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

El accionante ni sus representantes sin mandado se hicieron presentes a la audiencia de acción de libertad, pese a su legal notificación cursante a fs. 5.

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

Mario Helmer Laura Picavia, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, no formuló informe escrito, ni se presentó a la audiencia de acción de libertad, pese a su legal notificación cursante a fs. 5.

Rosemary Conde Murillo, Secretaria, del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de la capital del Departamento de La Paz en suplencia legal de su similar del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la misma capital; no presentó informe escrito ni oral pese a su legal notificación cursante a fs. 5.

I.2.3. Resolución

El Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías; mediante Resolución 06/2022 de 8 de abril, cursante de fs. 8 a 9 vta., concedió la tutela solicitada, y ordenó al Juez y Secretaria demandados que remitan el recurso de apelación a la Sala Penal de turno en el día.

Todo bajo el fundamento de que no fueron remitidos los antecedentes del proceso ni se tiene informe de la autoridades demandadas pero de la          demanda tutelar se tiene que el 24 de marzo de 2022, en audiencia se      interpuso apelación incidental y hasta la audiencia de acción de libertad desarrollada el 8 de abril del mismo año, no fueron remitidos los antecedentes a la Sala Penal de Turno los antecedentes de la apelación, en consecuencia no se cumplió con el plazo establecido por ley para la remisión, incluso tomando en cuenta la ampliación excepcional.