SENTENCIA CONSTITUCIONAL No 09/99
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No 09/99

Fecha: 06-Oct-1999

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la potestad que le confieren el parágrafo IV del artículo 116, atribución  6ta del artículo 120, ambos de la Constitución Política del Estado; el artículo 85 parágrafo 1) de la Ley 1836, declara INFUNDADO el recurso directo de nulidad de fs. 8 a 11 y el de reposición de fs. 13 a 14 vta., ambos de la Asociación de Oficiales de Registro Civil de la ciudad de La Paz y del Alto con costas y multa a los recurrentes.