Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 013/99
Fecha: 18-Nov-1999
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, ejerciendo la jurisdicción que le confieren los Arts. 120-6) de la Constitución Política del Estado y 79 y siguientes de la Ley No. 1836, declara INFUNDADO el Recurso Directo de Nulidad de fs. 28 a 30, con costas y multa de bolivianos un mil (Bs. 1.000.-) conforme al Art. 85-I de la Ley 1836, multa que el recurrente debe depositar a la orden del Tesoro Judicial en el plazo de 3 días de su notificación con la presente resolución.