AUTO CONSTITUCIONAL Nº 075/99 - R
Fecha: 19-Ago-1999
CONSIDERANDO:
1. Que, Carlos Claure León, Concejal de la Municipalidad de Tarata, interpone recurso de Amparo Constitucional contra los miembros del Concejo Municipal de Tarata, Prof. Johnny Gonzales Presidente, Cr. Gral. Mario Ortuño Sainz, Secretario y Wilson Rojas Butrón, mediante Memorial de 7 de junio de 1999, por haberlo suspendido del ejercicio de su mandato mediante la Resolución Municipal 04/99, que viola sus derechos constitucionales y restringe el derecho de voto de la comunidad de Tarata y le limita el libre ejercicio de su ciudadanía, solicitando que se deje sin efecto la mencionada Resolución por ser contraria al ordenamiento jurídico en vigencia y violatoria de las garantías constitucionales.
CONSIDERANDO: La Resolución Nº 04/99 de 11-02-99, dictada por el Concejo Municipal de Tarata resuelve ratificar la Resolución del 17-12-98 que dispone la responsabilidad del Ex Alcalde Municipal Carlos Claure, y remitirse la presente causa a conocimiento del Ministerio Público sin que el Honorable Concejo Municipal y/o Alcalde Municipal inicie el respectivo proceso penal de acuerdo a Ley dado el caso de Corte y la suspenSión de ejercicio de su mandato de Concejal mientras se sustancie y tramite el Proceso Penal del caso de Corte, sin darse cumplimiento a lo dispuesto por los Arts. 33 y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades el Tribunal de Amparo ha aplicado correctamente el art. 19 de Amparo Constitucional.