Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL No. 030/99 - CA
Fecha: 27-Ago-1999
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO: Que analizados los argumentos del recurso, estos no son suficientes para ser considerados como ciertos, dado que no acreditan de manera fehaciente y verídica, es decir con documentos, la fecha exacta de y cuándo fueron notificados con la resolución impugnada, por lo que la causal de rechazo del recurso directo de nulidad, no ha sido desvirtuada por el presente recurso.