CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, en el recurso de fjs. 6 a 8 de obrados, Wálter Vilacahua Francisco, demanda Hábeas Corpus en contra el Dr. José Napoleón Arnau López, Juez de Partido Civil, Comercial, Familiar y Penal de Cotagaita, alegando que dicha autoridad en forma arbitraria ha expedido mandamiento de aprehensión contra sus representados, los Sres. Eliseo Villafuerte M. y Gabriel Jorge Huarita, Alcalde y Presidente del H. Concejo Municipal de Cotagaita .
1. Que, el Mandamiento de Aprehensión de fecha 16 de junio de 1999 contra el Alcalde Municipal y el Presidente del Concejo Municipal de Cotagaita, no fue expedido por resistencia a órdenes judiciales, sino con la finalidad de lograr la cancelación de Bs. 5.500 por concepto de honorarios de un trabajo de peritaje ordenado de oficio, dentro del caso de corte, donde el juez recurrido actúa como responsable de la instrucción.
4. Que, en el aspecto formal no se ha dado cumplimiento a lo establecido por el art. 18 - III de la Constitución Política del Estado y Arts. 91-II y V de la Ley del Tribunal Constitucional, respecto de los plazos para la verificación de la audiencia, la dictación de resolución en forma inmediata y la remisión del expediente al Tribunal Constitucional para su revisión, además de basar la Resolución objeto de examen, en disposiciones legales derogadas por las Leyes No.1836 y 1979, como es el artículo 761 del Código de Procedimiento Civil.
