Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 48/00-R
Fecha: 20-Ene-2000
improcedente
3. A la conclusión de la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta resolución declarando improcedente el recurso, con el fundamento de que no se evidenciaron atentados contra las garantías constitucionales de la recurrente, ni persecución, detención o procesamiento indebidos, ya que las diligencias fueron remitidas ante Juez competente, sin detenido.