Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 923/2000-R
Fecha: 06-Oct-2000
procedente
Que concluida la audiencia, el Juez de Hábeas Corpus dicta la Resolución cursante de fs. 27 a 28, que declara procedente el Recurso, sin disponer la libertad al haber sido remitido ante el Juez Cautelar, con el fundamento de que el recurrente ha estado detenido más de 48 horas infringido los arts. 9 y 11 de la Constitución Política del Estado; 1 y 2 de la Ley de Fianza Juratoria; 97 de la Ley Nº 1008 y 80-d) de la Ley del Ministerio Público.