AUTO CONSTITUCIONAL Nº 257/2000-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 257/2000-CA

Fecha: 05-Dic-2000

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que, para justificar la procedencia del Recurso formula una serie de argumentos relacionados con el trámite del proceso ejecutivo, refiriéndose a los cheques que lo motivaron, la no acreditación del sorteo del expediente, el auto de intimación de pago sobre la base de los cheques que no tienen fuerza ejecutiva, el remate de un inmueble  sin tomar en cuenta su carácter ganancial, con todo lo cual pide, a través del Recurso planteado, la nulidad de los fallos de fs. 12, 18, 31 y 209 dictados dentro del indicado proceso ejecutivo.

CONSIDERANDO: Que, por una parte, los fundamentos expuestos por el recurrente no corresponden ni son pertinentes al Recurso planteado y, por otra, se lo ha interpuesto fuera del plazo legal señalado por el art. 81 de la Ley Nº 1836, aparte  de no darse el caso previsto por el art. 79.II de la citada Ley.