Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 139/00-R
Fecha: 18-Feb-2000
3.
3. Finalmente se ha establecido que dichos socios-recurrentes han sido excluidos de la Cooperativa sin haber existido un sumario informativo que permita la legítima defensa y utilizar los recursos que su propio Reglamento Interno en su art. 89-c) establece, tal cual lo prevén las garantías constitucionales.