AUTO CONSTITUCIONAL Nº 053/2000-CA
Fecha: 27-Mar-2000
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, interpuesto el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad ante el Juzgado Noveno de Partido en lo Civil de la ciudad de La Paz, dentro del proceso ejecutivo seguido por la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo Para la Vivienda "La Paz" contra Víctor Hugo Durán García y otra, el mismo es rechazado por Resolución Nº 60/00 de 29 de febrero de 2000, resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 62-1) de la Ley Nº 1836, es elevada en consulta ante este Tribunal Constitucional.
Que, en el caso de autos el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad ha sido planteado en ejecución de sentencia, dentro de un proceso cuyo fallo de 17 de febrero de 1997 se encuentra ejecutoriado por lo que dicho recurso no se ajusta a la previsión del citado artículo 61 de la Ley Nº 1836.