SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 222/00 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 222/00 - R

Fecha: 14-Mar-2000

improcedente

2.  Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo Constitucional dicta su fallo declarando improcedente el recurso fundándose en que dentro de la tramitación de un proceso penal la ley reconoce el derecho de defensa en virtud del cual se puede impugnar las resoluciones judiciales mediante los recursos señalados por ley, los que no fueron utilizados por el recurrente cuando se desestimó la nulidad de obrados. Asimismo, que este recurso es improcedente por encontrarse dentro de las previsiones del art. 96.3 de la Ley 1836.