SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 346/00-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 346/00-R

Fecha: 13-Abr-2000

2.

2.  Por su parte, el Fiscal recurrido, resaltando su función como representante de la sociedad, informa que, encontrándose el recurrente condicionado a presentarse bajo garante, se ocultó maliciosamente, y en estricta aplicación del art. 159 y 160 del Código Penal - resistencia y desobediencia a la autoridad - habría instruido que se expida el mandamiento de apremio contra el sindicado; pide se declare la improcedencia del recurso, añadiendo que “(...) una vez concluido este caso, por la gravedad del hecho, deberá ser remitido más el sindicado, al órgano jurisdiccional en el estado en que se encuentra.”