Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 365/00-R
Fecha: 17-Abr-2000
3.
3. Que, tomada la declaración informativa de la recurrente en fecha 9 de marzo del presente año, el recurrido ordena la detención preventiva de la recurrente de conformidad al art. 101 del Código de Procedimiento Penal Militar; y el día 13 del mismo mes y año dispone la suspensión de la citada detención. Asimismo eleva el informe en conclusiones de la investigación del caso de acuerdo a lo previsto al art. 103 del citado Código.