Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 353/00- R
Fecha: 14-Abr-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 93 de la Ley 1836, APRUEBA la resolución corriente de fs. 12 y vta. de obrados, dictada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni en fecha 14 de marzo de 2000.