Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 521/2000-R
Fecha: 30-May-2000
improcedente
Que concluida la audiencia, el Juez de Partido en lo Penal de El Alto de La Paz dicta la Resolución cursante de fs. 26 a 27 que declara improcedente el Hábeas Corpus, con el argumento de que no existe violación del art. 18 de la Constitución Política del Estado, pero que sin embargo corresponde regularizar el procedimiento y remitir las diligencias al Juez competente.