Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 681/2000-R
Fecha: 14-Jul-2000
improcedente
Concluida la audiencia, el Tribunal de Amparo dicta la Resolución cursante a fs. 145 a 147, declarando improcedente el Recurso con el fundamento de que no existen actos arbitrarios o ilegales cometidos por las autoridades demandadas, habiendo sido el actor sometido a un debido proceso interno, en el cual los recurridos actuaron dentro de sus atribuciones, en cumplimiento de disposiciones que rigen el sistema de educación.