Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 686/2000-R
Fecha: 14-Jul-2000
2.
2. Admitido el Recurso, se tramita conforme a ley llevándose a cabo la audiencia pública el 24 de junio de 2000, cual consta en el acta de fs. 6 a la que no concurren los recurrentes ni la autoridad recurrida, verificándose la misma en su rebeldía en aplicación del art. 91-I de la Ley Nº 1836 e informándose por Secretaría que los recurrentes presentaron memorial de retiro de recurso y de la demanda.