Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 744/00-R
Fecha: 04-Ago-2000
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y el art. 102-V de la Ley No. 1836, REVOCA la resolución corriente de fs. 120 a 123 de obrados, dictada el 21 de junio de 2000 por la Jueza de Partido de Entre Ríos en Suplencia Legal del Juez de Partido de Bermejo del Distrito de Tarija y declara IMPROCEDENTE el Recurso planteado, disponiendo que se imponga costas al recurrente conforme al art. 102-III de la Ley Nº 1836.