Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 006/01-ECA
Fecha: 20-Ene-2001
Al punto Primero del memorial de 22 de enero de 2001;
1.- Al punto Primero del memorial de 22 de enero de 2001; El Tribunal Constitucional ha dictado Sentencia dentro del Recurso Directo de Nulidad en cumplimiento del art. 85 de la L. Nº 1836 y de acuerdo con la atribución señalada por el art. 120-6ª) de la C.P.E., no siendo facultad de la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional promover el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad al que se refiere el art. 59 de la citada L. Nº 1836.