AUTO CONSTITUCIONAL Nº 404/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 404/2001-CA

Fecha: 29-Oct-2001

rechaza el incidente

Que, con la respuesta de la parte contraria cursante a fs. 55-56 del expediente,  por Resolución de 1 de octubre de 2001, el Juez Décimo de Partido Ordinario en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, Rolando Toledo Pereira, rechaza el incidente con el fundamento de que el trámite se ha sujetado a lo previsto por el Título III, Capítulo Unico de la Ley Nº 1760, en el que no es de aplicabilidad el art. 28 de la citada Ley y además el coactivado cuando fue citado con la demanda y sentencia,  pudo utilizar otros recursos previstos en el art. 49 inc. III de la  Ley 1760; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836,  es elevada en consulta ante este Tribunal.