AUTO CONSTITUCIONAL Nº 483/2001-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 483/2001-CA

Fecha: 29-Nov-2001

Expediente Nº 2001-03668-07-CCL

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 483/2001-CA

Sucre, 29 de noviembre de 2001

Consultante:     Oscar   Vargas   Molina,   Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija.

Materia:                Consulta Constitucional.

VISTOS: La Consulta Constitucional formulada por Oscar   Vargas   Molina,   Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija; y,

CONSIDERANDO: Que, sin referirse al texto de la consulta formulada por la autoridad mencionada precedentemente, cabe indicar que para dicha consulta sobre la constitucionalidad de leyes, decretos o resoluciones aplicables a un caso concreto, instituida por el art. 120-8º de la Constitución Política del Estado, están legitimados sólo el Presidente de la República, el Presidente del Congreso Nacional y el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con lo dispuesto por el citado art. 120-8º de la C.P.E. y art. 108 de la Ley Nº 1836.

Que, en el caso que nos ocupa la Consulta Constitucional ha sido formulada por el Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija, Oscar   Vargas   Molina, autoridad que - según se ha visto - no se encuentra legitimada para formular la misma.

 Que,  en consecuencia, en el presente caso no se cumple el requisito establecido por el art. 108 de la Ley del Tribunal Constitucional, referido a la legitimación  para formular la consulta sobre la duda de la constitucionalidad de alguna ley, decreto o resolución aplicables a un caso concreto.

POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 31-1) de la Ley Nº 1836, RECHAZA la consulta  planteada por Oscar   Vargas   Molina,   Prefecto y Comandante General del Departamento de Tarija.

Regístrese, hágase saber y archívese.

COMISION DE ADMISIÓN  

Corresponde al Auto Constitucional Nº 483/2001-CA

  Dr. René Baldivieso Guzmán           Dr. Felipe Tredinnick Abasto

    PRESIDENTE EN EJERCICIO                 MAGISTRADO

Dr. Rolando Roca Aguilera

MAGISTRADO

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