Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 38/01-CDP
Fecha: 20-Dic-2001
POR TANTO:
POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la C.P.E. y 94 de la L. Nº 1836, ANULA la Resolución Nº 95 de 19 de noviembre de 2001, sobre calificación de daños y perjuicios, pronunciada en ejecución de Sentencia Constitucional por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del distrito Judicial de Oruro debiendo emitirse otra que tome en consideración los aspectos omitidos, según lo fundamentado en el presente fallo.