SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1290/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1290/01-R

Fecha: 07-Dic-2001

POR TANTO:

POR TANTO:  El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 18-III y 120-7ª de la Constitución Política del Estado, 7.8)  y 93 de la Ley  Nº 1836, con los fundamentos expuestos,  APRUEBA la Resolución cursante a fs.20 de obrados, dictada el 31 de  octubre de 2001 por  el Juez Segundo de Sentencia, en el Recurso,  quien deberá calificar los daños y perjuicios causados a los demandantes, de conformidad con lo dispuesto por el art.  91-VI de  la referida Ley.