SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 093/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 093/01-R

Fecha: 02-Feb-2001

1.

1.   En su demanda de 14 de diciembre de 2000 (fs.10 y 11), los recurrentes  manifiestan que el 9 de mayo de 2000 presentaron  al Concejo Municipal de Cotoca una solicitud de nulidad de la Resolución Municipal Nº  22/98  porque “está mal interpretada”, reiterando ese pedido en 17 de octubre del mismo año, haciendo notar que la mencionada Resolución tiene diversos vicios de nulidad, pues en la parte considerativa enumeran Resoluciones Administrativas que dictó la Alcaldía y en la parte resolutiva anula partidas computarizadas de inscripción en Derechos Reales. Sin embargo, el aludido Concejo no ha dado respuesta alguna a sus solicitudes, en virtud de lo que interponen Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo “emplazar al Concejo Municipal de Cotoca para que éstos a su vez procedan a dictar la resolución respectiva”.

1)   Que en 15 de septiembre de 1998 el Concejo Municipal de Cotoca dictó la Resolución Municipal Nº 22/98, por la que  dispone anular las Resoluciones Administrativas de adjudicación allí detalladas, por desconocer la autenticidad y legalidad de las mismas, y que corresponden a las gestiones 1990 y 1994,”con  las cuales han registrado en Derechos Reales sin tradición, derechos de propiedad” las personas enumeradas en dicho instrumento (fs. 2 a 4).