SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 209/2001-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 209/2001-R

Fecha: 15-Mar-2001

improcedente

a 17, declarando  improcedente el Recurso con los fundamentos siguientes: 1) que el Juez recurrido no es responsable de la ejecución del mandamiento de detención formal; “...por cuanto éste fue tramitado con anterioridad y con todas las formalidades de Ley; y  2) Que la recurrente pude revertir la ejecución del reiterado mandamiento por otros  medios que le franquea la Ley.