SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 318/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 318/01-R

Fecha: 16-Abr-2001

1.

1.  En su demanda presentada el 4 de enero de 2001 (fs. 47 y 48), la  recurrente expresa que en 1992 adquirió un lote de terreno de José Quispe Morales, ubicado en la urbanización "16 de Febrero" de El Alto, signado con el número 18, manzana No. 30, con una superficie de 200 m2, encontrándose registrado en   Derechos Reales.

      En forma abusiva y de mala fe, Eloy Copari Yavi le inició un proceso interdicto de recobrar la posesión ante el Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de El Alto, sobre la base de un documento privado, alegando que José Quispe Morales le vendió el mismo terreno y que el 18 de abril de 1999 su persona, acompañada de la Junta de Vecinos, le habría despojado del mismo, proceso dentro del cual se dictó sentencia que declaró probada la demanda y dispuso que se restituya el inmueble a tercero día bajo apercibimiento de lanzamiento, olvidando el Juez de la causa salvar sus derechos a la vía legal  correspondiente, pues estos procesos no causan estado ni determinan derechos, coartándole de esta manera su prerrogativa de iniciar  una demanda en la vía ordinaria en aplicación del art. 593 del  Código de Procedimiento Civil.

Aduce que  no obstante haber interpuesto demanda ordinaria de mejor derecho propietario contra Eloy Copari y su esposa en el Juzgado de Partido en lo Civil de El Alto, el Juez Primero de Instrucción de la misma materia, se niega rotundamente a suspender la orden de lanzamiento hasta que concluya la demanda ordinaria, pese a sus reiteradas solicitudes.

Estimando que el Juez recurrido está restringiendo sus derechos y garantías  reconocidos en la Constitución Política del Estado, interpone Recurso de Amparo Constitucional, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la suspensión de la orden de lanzamiento  emitida en su contra hasta que concluya el proceso ordinario.

1)   Eloy Copari Yavi siguió proceso interdicto de recobrar la posesión del inmueble  identificado con el número 18, manzana 30 de 200 metros cuadrados de extensión ubicado en la urbanización "16 de Febrero" de El Alto, contra Justina Valda de Quispe, en el que se dictó  la sentencia No. 1638/2000 de 11 de agosto de 2000 (fs. 37 y 38), que declaró probada la demanda y dispuso la restitución del terreno a favor del demandante a tercero día, bajo apercibimiento de lanzamiento.