SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 734/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 734/01-R

Fecha: 16-Jul-2001

desierta

Que en el presente caso, la inconcurrencia del recurrente a la audiencia no permitió valorar elementos probatorios que justifiquen el Recurso y demuestren los extremos planteados en la demanda. Que el Tribunal de Amparo al declarar desierta la acción, aplicó incorrectamente la Ley del Tribunal Constitucional, al no haberse pronunciado por la procedencia o improcedencia del Recurso, ante la inexistencia de  otra forma de resolución del Recurso de Amparo Constitucional.