AUTO CONSTITUCIONAL Nº 0006/02
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 0006/02

Fecha: 31-Ene-2002

CONSIDERANDO:

1.- El Recurso Directo de Nulidad fue interpuesto en 10 de septiembre de 2001, fecha en la cual la Resolución Nº 023/2001 de 03 de agosto de 2001, dictada por la Sala Plena de la Corte Superior de La Paz, estaba vigente, por lo que pide se aclare que la nulidad de dicha Resolución se produce en forma posterior a la interposición del Recurso.

CONSIDERANDO: Que el art. 50 de la L. Nº 1836 establece que el Tribunal Constitucional, de oficio o a petición de parte, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la resolución, podrá aclarar, enmendar o complementar algún concepto oscuro, corregir un error material o subsanar alguna omisión, sin afectar el fondo de la Resolución.