Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 063/2002-R
Fecha: 21-Ene-2002
Por tanto:
Por tanto: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato del los arts. 18.III, 120 7ª de la Constitución Política del Estado 7.8) y 93 de la Ley Nº 1836, APRUEBA la Sentencia de fs. 28 a 29 pronunciada el 31 de octubre de 2001 por la Jueza Segunda de Partido de Guayaramerín.