I. ANTECEDENTES
Por memorial cursante a fs. 2 del expediente, Enrique Toro Tejada consulta ante este Tribunal respecto a la constitucionalidad del art. 24 de la Ley de Pensiones en su aplicación a los parlamentarios nacionales, disponiéndose por Auto Constitucional 368/2002-CA de 12 de agosto de 2002, que el consultante acredite su calidad de Presidente del Congreso Nacional y fundamente la duda sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada, señalando la norma o normas infringidas de la Constitución Política del Estado. Por memorial de 28 del mismo mes y año, responde el consultante manifestando que al momento de presentar la consulta ejercía el alto cargo de senador de la República, adjuntando Resolución del Senado Nacional R. Nª 001/01-02 de 2 de agosto de 2001, sin subsanar ninguna de las observaciones anotadas en el citado Auto.
