I.2. Respuesta al recurso
Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por el Banco Alemán Platina S.A. representado por Manuel Oscar Gutiérrez Ibieta, manifestando que la institución bancaria que representa se ha sometido a las leyes bolivianas como señala el art. 24 CPE, el préstamo otorgado a los ejecutados no daña la economía nacional por lo que no existe trasgresión del art. 141 CPE, el préstamo que se ejecuta no es contrario ni a la política monetaria ni al control a que se refiere el art. 143 CPE y con el juicio iniciado no existe trasgresión al ordenamiento jurídico que establece el art. 228 CPE. Agrega que se debe considerar que los ejecutados al momento de recibir el préstamo no observaron la personería del que intervenía en el otorgamiento, además de que el incidente es extemporáneo por encontrarse la sentencia ejecutoriada con autoridad de cosa juzgada.
