AUTO CONSTITUCIONAL 543/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 543/2002-CA

Fecha: 26-Nov-2002

Jueza Primera de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz

Con la respuesta de la parte contraria,  la Jueza Primera de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz, Blanca Alarcón de Villarroel, por Resolución 452/2002 de 19 de octubre de 2002, rechaza el incidente en consideración a que en el proceso existe sentencia ejecutoriada, que las nulidades deben ser declaradas judicialmente y el incumplimiento de los requisitos establecidos por los incs. 1 y 3 del art. 60 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC). Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.