SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1470/2002-R
Fecha: 02-Dic-2002
16:35 del mismo 24 de octubre de 2002
Que, de una revisión de antecedentes no se constata que se haya producido la detención alegada por René Rojas Peña. Al contrario de la imputación formal presentada a horas 16:35 del mismo 24 de octubre de 2002, se evidencia que el recurrente se encontraba en libertad, razón por la que el Fiscal encargado de la investigación requirió porque se señale audiencia en la que se fije en su contra medida cautelar de detención.
Que, este Tribunal en reiterada jurisprudencia ha establecido que el recurso de Hábeas Corpus no requiere para su presentación de mayores formalidades. Sin embargo la determinación del Tribunal o Juez de Hábeas Corpus debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción, (SSCC 1109/2002-R, 890/2002-R, 58/2001-R, entre otras).