Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 186/2002-CA
Fecha: 25-Abr-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por los arts. 31.1) y 33 parágrafo I, inc. 1) concordante con el art. 82.I de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso interpuesto por el Diputado Nacional, Hugo Asunción Tapia, de fs. 5 y 6 del expediente.