Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 264/2002-CA
Fecha: 05-Jun-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) de la Ley Nº 1836, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 2 de mayo de 2002 pronunciada por el Juez de Partido Segundo en lo Civil de Cochabamba, Jesús A. Fernández Canedo, cursante a fs. 94 del expediente.